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Domingo, 26 Abril 2026

Edición 1628 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La circular indica que “los interesados deberán inscribirse en el calendario de eventos disponible en el portal web de la Comisión de Regulación: www.creg.gov.co. Las primeras 100 personas que se inscriban podrán participar directamente en el evento.  No obstante, se solicita la inscripción de solo dos personas por empresa o entidad,

El texto de la providencia aún no se encuentra disponible, pero el comunicado oficial de la Corporación resume la síntesis de fallo, en el que se declara inconstitucional el artículo 313 de la ley 1955-2019 (Plan Nacional de Desarrollo), referente a la Sobretasa por kilovatio hora consumido para fortalecer al fondo empresarial en el territorio nacional.

De acuerdo con la Resolución CREG 003 de 2020 se estableció que el prestador de los servicios del CND, ASIC y LAC cuenta con recursos aprobados en años anteriores para la implementación de la regulación asociada con el mercado organizado regulado, los cuales no fueron ejecutados, por lo cual solicita que se aclare el procedimiento a seguir con dichos recursos.

A través del concepto publicado por la CREG quedó establecido que: “en el sector eléctrico los agentes generadores pueden utilizar el mecanismo de redespacho para problemas de disponibilidad. En ese sentido, el mecanismo que existe son las declaraciones de indisponibilidad que para el caso de la regla 2, el agente tiene cuatro (4) posibilidades

A través del concepto publicado por la CREG quedó establecido que: “en el sector eléctrico los agentes generadores pueden utilizar el mecanismo de redespacho para problemas de disponibilidad. En ese sentido, el mecanismo que existe son las declaraciones de indisponibilidad que para el caso de la regla 2, el agente tiene cuatro (4) posibilidades