“La Resolución CREG 019 de 2019, Por la cual se ordena hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se adiciona la Resolución CREG 108 de 1997 en relación con los derechos de los usuarios Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE)”, tuvo como objeto publicar un proyecto de resolución para que los usuarios, agentes, autoridades locales, municipales
De acuerdo con el pronunciamiento que hizo al CREG frente a los cambios recientes en relación a las tarifas del servicio de energía se tiene que, las empresas en su gran mayoría compran su energía a través de contratos de largo plazo, entre el 80% y 90%, para no ser afectados por la volatilidad de los precios en la bolsa de energía. Sin embargo,
A través de la publicación de un concepto la CREG determinó que, el Cargo por Confiabilidad es un mecanismo de remuneración que se tiene en el Mercado de Energía Mayorista (MEM), en el cual se asigna un pago por Obligaciones de Energía Firme (OEF) a plantas de generación con energía firme disponible en el mercado. El objetivo del Cargo por Confiabilidad
De acuerdo con el concepto publicado por la CREG la variable AJm se calcula por comercializador y para cada mercado de comercialización. No obstante, es de precisar que, aunque dos mercados de comercialización sean atendidos por un mismo comercializador, son mercados de comercialización diferentes. Por tanto, tienen su propio cálculo de Gmij y, por ende, diferente cálculo de AJm.
De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, cuando un usuario del servicio de electricidad utiliza paneles solares u otra fuente de energía para generar energía para autoconsumo, y para una eventual y posible entrega de excedentes de energía a la red, es definido en la regulación como autogenerador, el cual ejerce la actividad de autogeneración.