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Prensa Jurídica

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Todas aquellas situaciones jurídicas individuales consolidadas a favor de empleados de entidades territoriales y de sus organismos descentralizados antes de entrar a regir el Sistema General de Seguridad Social de la Ley 100 de 1993, con fundamento en disposiciones municipales o departamentales de carácter extralegal, continuaron vigentes

El Consejo de Estado declaró legal la sanción de más de 2.600 millones de pesos que la Superintendencia de Industria y Comercio le impuso a las empresas Constructora

 Los derechos convencionales, como ocurre en este caso, ya que pactar en las actas conciliación celebradas en el año 1998 el reajuste pensional de la misma manera en que se ajustan las pensiones de vejez de acuerdo con la ley, cuando la convención colectiva había mantenido el ajuste.

El Decreto No. 4112.010.20.0451 de 2019 «Por el cual se adoptan medidas para el mejor ordenamiento del tránsito de vehículos automotores en las vías públicas y privadas abiertas al público en el área urbana de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones», fue proferido por el Alcalde Municipal de Santiago de Cali,

Ante el desarrollo de actividades extractivas dentro de un área delimitada como de aprovechamiento urbanístico por parte del municipio en el 2015, el ente territorial le solicitó a la Agencia Nacional de Minería (ANM) disponer el retiro y desalojo de las personas y maquinaria empleadas en ese tipo de actividad que estuvieran operando en esa zona. 

La competencia por el factor territorial en materia tributaria se determina por el lugar donde se presentó o debió presentarse la declaración, en los casos en que ésta proceda. En los demás casos, donde se practicó la liquidación”

El Consejo de Estado declaró la nulidad de las normas mediante las cuales el Consejo Superior de la Judicatura estableció que los funcionarios judiciales que solicitaran traslado debían obtener en su última calificación de servicios un puntaje de al menos 80 puntos y adjuntar la documentación completa, so pena de que su requerimiento fuera rechazado.

El Consejo de Estado determinó que la Alcaldía de Bogotá sí tenía competencia para ordenar el cierre definitivo de los establecimientos comerciales que estuvieran operando por fuera de las normas establecidas para el uso del suelo en la franja de adecuación de los cerros orientales de Bogotá.