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Prensa Jurídica

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El proyecto de norma ajusta la identidad visual del Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias urbanísticas y reconocimiento de edificaciones, de acuerdo con el Manual de Identidad Visual del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y la Ley 2345 de 2023. Este cambio unifica el uso de imagen institucional y promueve la austeridad en publicidad estatal, sin modificar aspectos técnicos o procedimentales. Aplica a los documentos adoptados en normativas previas (Resolución 463 de 2017 y 1026 de 2021). Las autoridades podrán recibir documentación con elementos anteriores hasta el 15 de marzo de 2026, fecha a partir de la cual será obligatorio el uso del nuevo formato, facilitando la estandarización y claridad en los trámites urbanísticos.

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El ministerio de Ambiente presentó la Declaración de Belém durante la COP30, consolidando una alianza internacional para acelerar la transición fuera del petróleo, carbón y gas, con el respaldo inicial de 24 países. Esta declaración reconoce que la producción y subsidios de combustibles fósiles son incompatibles con el límite de calentamiento global de 1,5 °C. Se destaca la necesidad de una hoja de ruta global concreta y plenamente financiada que incluya financiamiento, transferencia tecnológica y fortalecimiento de capacidades, especialmente para países en desarrollo. Además, Colombia y Países Bajos coorganizarán en abril de 2026 la Primera Conferencia Internacional para la Eliminación Progresiva de los Combustibles Fósiles, que incluirá un segmento político y una sesión técnica para definir acciones concretas hacia una transición justa, sostenible y global.

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El proyecto regulatorio tiene como objetivo establecer los requisitos y lineamientos para la autorización y el registro de productores e importadores de combustibles de aviación semisintéticos coprocesados y componentes sintéticos de mezcla (SBC) para uso en motores tipo turbina. Busca garantizar la calidad, trazabilidad y seguridad de estos combustibles conforme a normas técnicas internacionales. Además, promueve la cooperación con el Ministerio de Minas y Energía para el control y supervisión del sector, contribuyendo a la incorporación de combustibles sostenibles en la matriz energética nacional y apoyando la reducción de emisiones del sector transporte, alineándose con la transición energética y metas ambientales del país.

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El Gobierno adicionó los artículos 2.10.2.6, 2.10.2.7, 2.10.2.8 y 2.10.2.9 al Título 2 de la Parte 10 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, reglamentando la administración de fondos parafiscales agropecuarios y pesqueros. Establece que los órganos directivos deben garantizar la transparencia, publicación semestral de informes sobre avances e impactos sociales, económicos, ambientales e infraestructurales, con especial inclusión de pequeños, medianos productores, mujeres y jóvenes rurales. Se promueve la equidad, sostenibilidad y participación, estableciendo seguimiento a actividades y recursos, amparado en el artículo 30 de la Ley 101 de 1993 y demás normas pertinentes, para garantizar la gestión adecuada de los recursos destinados al desarrollo rural y protección de derechos.

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 Este proyecto de norma establece un programa voluntario para mezclar componentes sintéticos de mezcla (SBC) con combustibles de aviación semisintéticos y fósiles para motores tipo turbina en Colombia. Regula calidad, trazabilidad, almacenamiento, transporte y autorización de mezcladores bajo supervisión del Ministerio de Minas y Energía. Los agentes deben cumplir estándares internacionales (EI/JIG 1530, 1533) y conservar documentación por cinco años. La iniciativa impulsa la transición energética, búsqueda del carbono neutralidad al 2050, y apoyo al mercado de combustibles sostenibles de aviación (SAF), alineándose con compromisos climáticos internacionales y fomentando un desarrollo bajo en carbono en el sector aéreo nacional.

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La norma modifica los términos de referencia del Estudio Ambiental de Prefactibilidad para Macroproyectos de Interés Social Nacional, incorporando lineamientos, parámetros y criterios para estudios de mayor detalle en zonas de recarga de acuíferos. Estos cambios, en cumplimiento de los parágrafos 2 y 2A transitorios del artículo 2.2.4.2.2.3.1.1 del Decreto 1077, buscan garantizar la protección del recurso hídrico subterráneo, identificando áreas con riesgo y vulnerabilidad, evaluando servicios ecosistémicos y definiendo zonas con restricciones para la intervención. Además, se exige entregar información cartográfica y técnica para evaluar impactos y asegurar la sostenibilidad ambiental de los proyectos en dichas zonas, promoviendo un manejo ambiental acorde con análisis de riesgo y protección de acuíferos.

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Esta Cartera Ministerial recibirá comentarios a este proyecto regulatorio a través de formato creado para tal efecto, hasta el 06 de diciembre de 2025. Los canales a través de los cuales pueden enviarse las observaciones son: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El proyecto de resolución tiene por objeto adoptar metas ambientales indicativas de eficiencia energética definidas en el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE) 2022-2030, para diversos sectores productivos. Busca establecer los criterios para certificar los proyectos que contribuyan a la reducción del consumo energético mediante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Además, promueve la aplicación de incentivos tributarios a inversiones que generen beneficios ambientales directos, contribuyendo así a la mitigación del impacto ambiental y alineando las acciones del sector privado con las políticas nacionales de sostenibilidad y eficiencia energética.

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Esta norma modifica varios artículos del Decreto 1068 de 2015, regulando líneas de crédito con tasa compensada para financiar proyectos energéticos y capital de trabajo. Permite financiar proyectos de eficiencia, generación, comercialización, distribución, transmisión y almacenamiento energético, tanto para el sector privado como para entidades territoriales, incluyendo departamentos, distritos y municipios. La financiación está condicionada a la viabilidad y aprobación del Ministerio de Minas y Energía o entidades adscritas, apoyando también el capital de trabajo en proyectos eficientes según el Plan PAI-PROURE. Además, establece plazos y tasas preferenciales acorde al tipo de beneficiario y busca impulsar la transición energética justa y la descarbonización para fomentar un desarrollo sostenible.

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