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prensa juridica

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La SSPD indicó que en cuanto a la obligación de constituir una póliza que avale el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la celebración de un contrato con el prestador, es de indicar que este tipo de obligaciones se encuentran por fuera del ámbito de competencia de la Superservicios, tal como lo dispone el parágrafo 1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, en referencia con los actos y contratos de los prestadores.

De acuerdo con lo indicado en el concepto de la SSPD, para determinar si un prestador de servicios públicos domiciliarios se encuentra obligado a facturar electrónicamente o a emitir documento equivalente electrónico, será necesario que el prestador del servicio establezca, luego de revisar las disposiciones que regulan la materia, si se encuentra o no obligado a cumplir con lo dispuesto en estas.

 “Los países de la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, aprobaron el texto de la Resolución que adopta los Reglamentos Operativo, Comercial y de la Designación y Funciones del Coordinador Regional. Con esta Resolución se avanza en la implementación del Mercado Andino Eléctrico Regional. De acuerdo con la norma, el Reglamento Operativo incluye las condiciones que regirán los intercambios de compra y venta de electricidad, en tanto, el Reglamento Comercial, establece las condiciones y procedimientos para la liquidación, facturación y pago de las transacciones internacionales de electricidad, el tipo de garantías financieras, la metodología de cálculo y el procedimiento para su implementación”.

De acuerdo con lo indicado por el Ministerio de Ambiente, las determinantes ambientales definidas para la concentración ambiental de los planes de ordenamiento pueden servir como insumo, no obstante, la Autoridad Ambiental en cada caso específico de un Plan Parcial debe establecer las determinantes ambientales específicas para éste de cara a su concentración, siempre que haya lugar a ella. 

Los interesados en postularse a la convocatoria deberán contar con una trayectoria laboral de al menos 10 años, relacionada con, ente otros, políticas públicas medio ambientales y marco institucional para la gestión ambiental en Colombia. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) y Fondo Acción, han abierto una convocatoria pública en búsqueda de un consejero por el sector ambiente para participar por un periodo de 2 años en su Consejo Directivo (CD/CAIA). La recepción de hojas de vida estará activa del 22 de mayo hasta el 3 de junio de 2024, a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

La Entidad explicó que los usuarios al interior de una propiedad horizontal tienen el derecho a constituirse como autogeneradores. Para tal fin, se deben aplicar las reglas de autogeneración hasta su medidor individual, por lo tanto, deben ser remunerados los excedentes de energía conforme las Reglas de la Resolución CREG 174 de 2021 sobre dicho punto de la conexión el cual coincide con su medición del consumo.

De acuerdo con lo indicado en el presente concepto, conforme el artículo 23 de la Resolución CREG 174 de 2021 para los que usan fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER), como la solar se regularon las siguientes formas de venta: pueden vender la energía excedente a agentes generadores o comercializadores que destinen dicha energía a la atención exclusiva de usuarios no regulados. En este caso, el precio de venta es pactado libremente.

De acuerdo con un concepto de Colombia Compra, “la diferencia radica en la responsabilidad frente a las eventuales sanciones por el incumplimiento de las obligaciones, toda vez que tratándose de una unión temporal, estas se individualizan según la participación de sus miembros, mientras que en el consorcio los miembros responden solidariamente, con independencia de este aspecto”.