De acuerdo con lo indicado en el concepto de la SSPD, para determinar si un prestador de servicios públicos domiciliarios se encuentra obligado a facturar electrónicamente o a emitir documento equivalente electrónico, será necesario que el prestador del servicio establezca, luego de revisar las disposiciones que regulan la materia, si se encuentra o no obligado a cumplir con lo dispuesto en estas.