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prensa juridica

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El proyecto del MinHacienda buscaría modificar aspectos relacionados con el manejo y administración de los recursos de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio o alto, puntualmente en lo que tiene que ver con los criterios de viabilidad del programa de saneamiento fiscal y financiero, ejecución de los recursos del programa de saneamiento fiscal y financiero, manejo y administración de los recursos de la empresa social del estado categorizada en riesgo medio o alto que deban adoptar programas de saneamiento fiscal y financiero.

MinAmbiente tendrá un horario laboral de lunes a viernes en jornada continua en los siguientes horarios: 7:00a.m. a 4:00p.m., 8:00a.m. a 5:00p.m y 9:00a.m a 6:00p.m y se aclaró que para que proceda el pago de horas extras y del trabajo ocasional en días dominicales y festivos, así como el reconocimiento de descanso compensatorios cuando ello hubiere lugar, se tendrá en cuenta las previsiones contenidas en el Decreto de salarios que para cada año expida el Gobierno Nacional. Adicionalmente, adoptó la política de Desconexión Laboral al interior de la entidad con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

A través de la presente Resolución quedó establecido que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, la ANI, la ADR y otras entidades del sector, implementarán medidas y programas urgentes orientados a asegurar el goce efectivo de los derechos a la población por el conflicto armado interno. También se estableció que el accionar de las entidades deberá atender los enfoques diferenciales, como el étnico en el caso de derechos territoriales, el enfoque de género, etario, de discapacidad y demás que sean pertinentes de acuerdo con la particularidad de los casos.

A través de la presente Resolución la DIAN modificó el artículo 4 de la Resolución 5707 del 5 de agosto de 2019 en lo relacionado con las causales de suspensión de la autorización para actuar como autorretenedor a título del impuesto sobre la renta abarcado aspectos de obligaciones de mora, vigencia de la obligación, procesos de liquidación, restructuración, reorganización, procesos de toma de posesión, entre más disposiciones

A través del presente proyecto de norma la ANM busca establecer el trámite administrativo para la presentación y evaluación de las solicitudes de declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial, en área libre, conforme a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 2250 de 2022, reglamentado por la Resolución No. 40005 de fecha 11 de enero de 2024 proferida por el Ministerio de Minas y Energía, para el otorgamiento del contrato especial de concesión minera de que trata el artículo 31 de la Ley 685 de 2001 modificado por el artículo 147 del Decreto 019 de 2012. En el proyecto también se definen los requisitos y radicación de la solicitud de área de reserva especial en área libre.

El proyecto de norma presentado por la ANM busca establecer las condiciones y periodicidad del reporte de información de los titulares mineros y beneficiarios de las demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, en la plataforma de Control a la Producción de la ANM, con el propósito de evidenciar los datos reales de producción y apoyar los procesos de fiscalización, de conformidad con lo establecido en parágrafo único del articulo 14 y los parágrafos 1 y 2 del artículo 17 de la Ley 2056 de 2020.

El presente proyecto de norma establece que las actividades que forman parte de los reglamentos para realizar el seguimiento y control de un título minero mediante la ejecución de las inspecciones de campo objeto de cobro: revisión y evaluación documental, Realización inspección de campo, Elaboración Informe de inspección y acto administrativo que lo acoge.

A través de comunicado oficial se anunció que, “el ministro de Transporte, William Fernando Camargo Triana, posesionó como nuevo presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) al ingeniero Francisco Ospina Ramírez. Francisco Ospina Ramírez es ingeniero mecánico de la Escuela Militar de Aviación, cuenta con dos especializaciones y tres maestrías, estas últimas con énfasis en Gerencia de Ingeniería, Ingeniería de Sistemas y Gestión Aeronáutica. Durante su trayectoria profesional se ha desempeñado en cargos en la Aeronáutica Civil, entre ellos la Dirección General de la entidad, así como en la Fuerza Aérea Colombiana, institución donde laboró durante 15 años en diversos roles incluidos aspectos de ciencia, tecnología e innovación.”