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proyecto de norma (41)

A través de este proyecto de norma se reglamentan parcialmente el decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda, para establecer la capacidad de pago a las empresas distribuidoras y comercializadoras de energía eléctrica de naturaleza oficial y mixta del orden territorial, que hayan aplicado a la opción tarifaria regulatoria establecida por la CREG y que no cuenten con la calificación de su capacidad de pago en los términos del artículo 2.2.2.2.2. del decreto 1068 de 2015.

A través de este proyecto de norma se busca reglamentar el Decreto 1068 de 2015 en relación con el mecanismo diferencial de estabilización de precios de la Gasolina Motor Corriente (GMC) y Aceite Combustible para Motores (ACPM) para Grandes Consumidores y aquellos consumidores finales que consuman, en promedio anual, más de 20.000 galones mes, y se modifica el Decreto 1073 de 2015 en cuanto al control y vigilancia de este mecanismo.

Para el Gobierno “se hace necesario modificar el inciso segundo del artículo 1 del Decreto 2497 de 2022 para habilitar la actualización del valor a pagar para las categorías descritas en el inciso primero del mismo artículo, manteniendo para estas la tarifa diferencial del cincuenta por ciento (50%). Para lo anterior, mediante el presente acto administrativo se incluye una disposición que permite determinar el valor a pagar para las categorías antes señaladas en el año 2024 y las siguientes vigencias”.

A través de este proyecto de norma se busca que la celebración de créditos transitorios o de tesorería que otorgue la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las entidades descentralizadas del orden nacional no requiera del oficio de autorización a que hace referencia el inciso primero del artículo 2.2.1.2.1.8 del Decreto 1068 de 2015. La autorización de endeudamiento a la entidad estatal respectiva se entiende surtida con la suscripción del contrato por el cual se otorga el crédito de corto plazo”.

 Lo anterior, en atención al propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible del Litoral Pacífico, en cumplimiento del mandato legal otorgado al Ministerio de Hacienda, así como para la correcta ejecución del Plan Todos Somos PAZcífico, para la Entidad es prioritario fortalecer la estructura administrativa y de ejecución del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico, lo cual permitirá generar eficiencias en el diseño e implementación de los proyectos a su cargo.    

A través de este proyecto de norma se buscan definir las condiciones y requisitos aplicables al Programa, el cual se materializará a través de líneas de crédito de segundo piso con condiciones especiales, incentivos al buen hábito de pago y garantías parciales de crédito para el acceso de la economía popular a servicios de financiamiento. Para la implementación de estos instrumentos, se destinarán los recursos necesarios con cargo al Presupuesto General de la Nación, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, los cuales serán transferidos a las entidades del Grupo Bicentenario que implementarán los mismos.

A través de este proyecto de norma se actualizan los anexos de la Resolución No. 3832 del 18 de octubre de 2019, mediante la cual se expide el Catálogo de Clasificación Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas -CCPET-, dada la necesidad de incluir nuevos conceptos de ingreso y objetos de gasto, y de reubicar, aclarar o complementar las definiciones y soporte legal de algunas cuentas.

“Lo anterior teniendo en cuenta la urgencia para disponer de los recursos necesarios para atender las contingencias que se están presentando en marco del desarrollo de los proyectos de cuarta y quinta generación. En consecuencia, es menester adelantar a la mayor brevedad los trámites pertinentes para asegurar que las entidades estatales a las que va dirigido el proyecto de decreto cuenten con un término prudencial para adelantar los gestiones que les permitan efectuar las ordenes de giro y pago correspondientes”.

 A través de este proyecto de acto administrativo, el ministerio de Hacienda busca modificar el artículo 1 del Decreto 2639 de 2022, que ordenó la emisión de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B" destinados a efectuar operaciones de Transferencia Temporal de Valores correspondientes a la vigencia fiscal del año 2023.

Esta Cartera ministerial, dada la afectación en la liquidez de las empresas distribuidoras y comercializadoras del país, busca generar mecanismos que permitan a las empresas cumplir con sus obligaciones en el mercado eléctrico, así como continuar prestando el servicio en condiciones de calidad y continuidad; es por esto que a través de este proyecto de norma se busca crear una línea de crédito destinado a irrigar recursos a las empresas distribuidoras y comercializadoras de energía de naturaleza oficial mixta y/o privada que hayan aplicado a la opción tarifaria de la CREG.

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