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Corte ordenó a la empresa Esmeraldas Mining Services S.A.S a reintegrar a un trabajador que fue diagnosticado con “ELA” y a reubicarlo en un cargo que ofrezca condiciones similares o mejores a las que venía desempeñando

Escrito por  Jul 09, 2021

El accionante trabajó como fontanero de una mina ubicada en Muzo, Boyacá, parala empresa Esmeraldas Mining Services S.A.S. Manifestó que después de dos años de labores en la empresa, “le apareció una enfermedad en las manos y los brazos”. Los especialistas conceptuaron que “necesita ayuda para actividades motoras finas”.

El actor explicó que a pesar de los padecimientos derivados de la enfermedad ELA, la sociedad accionada terminó el vínculo sin considerar que gozaba de estabilidad laboral reforzada. La Corte concedió el amparo, declaró la ineficacia de la terminación del vínculo y ordenó a Esmeraldas Mining Services S.A.S a reintegrar a un trabajador y a reubicarlo en un cargo que ofrezca condiciones similares o mejores a las que venía desempeñando.

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Modificado por última vez en Viernes, 09 Julio 2021 08:05