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Consejo de Estado declaró nulo acto expedido por la Directora de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicio de Comunicaciones de la SIC, que fijó reglas de prestación y suspensión de telecomunicaciones móviles

Escrito por  Jul 07, 2021

Con ponencia del Magistrado Guillermo Sánchez Luque y con salvamento de voto del Magistrado Hernando Sánchez Sánchez, la Sala Especial de Decisión del Consejo de estado declaró nula la Resolución 19012- 2020, expedida por la Directora de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicio de Comunicaciones de la SIC, que ordenó a los proveedores de servicios de

telecomunicaciones en el país, informar a los usuarios acerca de las medidas adoptadas por el Gobierno en los Decretos Legislativos 464 y 555 de 2020, que fijaron reglas de prestación y suspensión de telecomunicaciones móviles, y por la Comisión de Regulación de Comunicaciones-CRC. Para la Sala, la Directora de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicio de Comunicaciones de la SIC no tenía competencia para proferir la resolución controlada. “El artículo 37 de la Ley 1978 de 2019 dispone que la Superintendencia de Industria y Comercio ejerce funciones como autoridad única de protección de la competencia en el sector TIC, entre otras en materia de prácticas restrictivas de la competencia e integraciones empresariales, así como de autoridad de control y vigilancia encargada de la protección a los usuarios de los servicios que integran el sector TIC”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 07 Julio 2021 07:56