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Consejo de Estado decidió no reponer auto que negó la solicitud de decretar la suspensión provisional respecto de un aparte del Código de Distribución de Gas Combustible por Redes

Escrito por  Jun 15, 2021

El Consejo de Estado decidió no reponer el auto de 28 de febrero de 2020, que negó la solicitud de suspensión provisional de una expresión del numeral 5.23 del Código de Distribución de Gas Combustible por Redes, anexo general de la Resolución N° 067 de 1995, modificado por el artículo 9° de la Resolución N° 059 de 2012. La providencia agrega que

“tal y como lo explicó el Despacho en el auto de de 28 de febrero de 2020, la libre competencia a que se refieren los artículos 333 y 365 de la Constitución Política permite a todos los agentes del mercado prestar sus servicios bajo el esquema de regulación y control encomendado a la CREG y a la Superintendencia de Industria y Comercio”.

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Modificado por última vez en Martes, 15 Junio 2021 08:03