constitucionalidad de la expresión demandada, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Para la Sala, “los argumentos del demandante no cumplieron con los requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia ni con la carga argumentativa exigida por la jurisprudencia constitucional para formular un cargo de inconstitucionalidad por la presunta vulneración del principio de igualdad”. Decidió declararse inhibida para pronunciarse de fondo sobre la
constitucionalidad de la expresión demandada, por ineptitud sustantiva de la demanda.