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“No hay disposición que exonere a las entidades del sector financiero de entregar información a sus contrapartes en procesos de debida diligencia y conocimiento del cliente”: Superfinanciera

Escrito por  May 21, 2021

A través del concepto quedó establecido que las entidades del sector financiero podrán suministrar la información que requieran sus contrapartes, siempre que garanticen la reserva comercial y bancaria, así como la protección de datos personales y habeas data. Las entidades vigiladas que en el desarrollo de su actividad pretendan vincular como clientes a otras

vigiladas por la Superfinanciera pueden exceptuarlas del cumplimiento de las instrucciones relativas al conocimiento del cliente. 

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Modificado por última vez en Viernes, 21 Mayo 2021 09:11