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MINMINAS establece lineamientos para la implementación del aporte voluntario "Comparto mi Energía"

Escrito por  May 12, 2020

Las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por redes que atiendan usuarios finales deberán garantizar la

prestación del servicio y para ello, el recaudo y administración de los aportes voluntarios percibidos en el marco de esta iniciativa. La forma en la que se realizará dicho recaudo deberá estar reflejada en todas las facturas emitidas, sin excepción, en un lugar visible de la factura o en un anexo a esta, y deberá indicar de forma explícita que se trata de un aporte voluntario por parte del usuario, y sugerir un porcentaje o monto a donar el cual debe ser claro que es opcional para el usuario.  Para el recaudo se podrán utilizar herramientas como códigos QR, página web, aplicación para dispositivos móviles, inclusión de un cupón de pago voluntario en la factura o un inserto en la factura, y consignaciones en cuentas bancarias o cualquier otro mecanismo que lo facilite. Las empresas a las que apliquen estas medidas, deberán tener en cuenta lo siguiente: El procedimiento para realizar el aporte voluntario deberá informarse a través de la facturación a los usuarios residenciales de los estratos 4, 5 y 6, y a los usuarios comerciales e industriales, quienes podrán realizar dicho aporte voluntario mediante el mecanismo que la empresa disponga para tal fin. la empresa de servicios públicos domiciliarios podrá sugerir un monto en la factura o un porcentaje del valor total facturado por los consumos de energía eléctrica y gas combustible, que podrá ser o no aceptado por el usuario. El usuario también podrá aportar voluntariamente un monto diferente al sugerido en la factura o no aportar. En caso de que un usuario decida abstenerse de hacer el aporte voluntario, dicha situación no podrá ser considerada como causal de incumplimiento del contrato de condiciones uniformes ni de cualquier otro contrato de prestación del servicio que tengan suscrito las empresas de servicios públicos con usuarios no regulados. 

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