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Levantada reserva de concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado sobre procedimiento para declarar la reincidencia en una infracción de tránsito e imponer la sanción de suspensión de la licencia de conducción

Escrito por  May 04, 2021

De acuerdo con el concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil, cuya reserva acaba de ser levantada, la Corporación “encuentra que el Código Nacional de Tránsito

establece el procedimiento especial para la determinación de las infracciones de tránsito y la imposición de las sanciones que el mismo establece, de forma que es éste el que debe aplicarse para declarar la reincidencia en la comisión de una infracción de tránsito e imponer la sanción correspondiente”. “El Código Nacional de Tránsito Terrestre prevé una sanción severa para la reincidencia en materia de infracciones de tránsito, cuando establece la suspensión de la licencia de conducción por un término de seis (6) meses. Esto significa que durante ese lapso de tiempo el conductor se encuentra impedido por una medida prohibitiva de la autoridad, para conducir cualquier tipo de vehículos automotores, sean de servicio público o particular, y si se produce una «nueva reincidencia» conforme a la norma, la sanción se dobla, esto es, se extiende por un término de doce (12) meses”. 

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