del 1º de enero de 1989 el derecho de reajustar sus ingresos, para nivelarlos con los de los trabajadores estatales de la época El Consejo de Estado advirtió que los trabajadores estatales que obtuvieron su derecho a la pensión a través de convenciones colectivas del trabajo no pueden ser excluidos del reajuste especial que estableció el Congreso en 1992 para nivelar los ingresos de los pensionados antes del 1º de enero de 1989 y los trabajadores de entidades estatales de la época.