modificado por los acuerdos 21 de 1988 y 008 de 1989, mediante los cuales fueron reglamentadas las acciones tendientes a conservar la calidad del agua del río Otún y garantizar el uso humano y doméstico. Precisó la Sala que la solicitud de la actora fue hecha en forma general y abstracta, pues reclamó el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Acuerdo 036 de 1987 y sus dos modificaciones sin señalar a cuál de sus artículos hacía referencia, ni sus alcances frente a las funciones que corresponden a CARDER.