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El Consejo de Estado declaró que la sociedad Plastilene S.A. no está obligada a pagar la sanción por devolución y/o compensación improcedente, impuesta en los actos expedidos por la DIAN

Escrito por  Abr 07, 2021

Para la Sala, “dada la nulidad de los actos de determinación del Impuesto de Renta del año gravable 2010 y la declaratoria de firmeza de dicha liquidación privada,

la Sala encuentra mérito suficiente para confirmar la sentencia apelada en cuanto anuló los actos sancionatorios y modificará el ordinal segundo, para disponer como restablecimiento del derecho que la actora no está obligada al pago de la sanción por devolución improcedente que en aquellos actos había sido determinada”.

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