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Consejo de Estado negó demanda nulidad de un acto de la SIC que canceló, por falta de uso, el registro de la marca mixta GRUPO EMPRESARIAL BAVARIA

Escrito por  Mar 26, 2021

La Sala analizó el Marco normativo sobre la renovación del registro de una marca y el Marco normativo sobre la cancelación del registro de una marca. Para la Sala, “la acción de cancelación es un trámite establecido en el derecho comunitario andino que tiene por objeto valorar el ejercicio

que el titular de la marca ha ejecutado en la comercialización de los productos identificados con la marca dentro de un término de tres (3) años anteriores a la fecha de solicitud de cancelación”. La Resolución SIC mediante la cual se canceló por no uso el registro de la marca mixta GRUPO EMPRESARIAL BAVARIA, cuyo titular era la parte demandante, quedó en firme el 13 de febrero de 2008. Así, desde la desde la cancelación por falta de uso del registro de la marca mixta GRUPO EMPRESARIAL BAVARIA, se entiende que el derecho derivado del mismo se extinguió.

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Modificado por última vez en Viernes, 26 Marzo 2021 12:07