Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Acción de reparación directa no es el medio de responsabilidad contra el Estado por la toma de posesión y liquidación de la Electrificadora del Chocó S.A. E.S.P: Consejo de Estado

Escrito por  Jun 09, 2020

El Consejo de Estado estableció la reparación directa no es viable para la declaratoria de responsabilidad del Estado como consecuencia de “(…) las actuaciones irregulares en que incurrieron en el proceso de toma de posesión y liquidación de la Electrificadora del Chocó S.A. E.S.P., (…) las cuales impidieron que se pagara la energía eléctrica entregada por las demandantes, y los cargos de transporte del (…) y, además, por la falta de vigilancia y control, entre otros hechos o acciones, omisiones y operaciones administrativas realizadas por las entidades demandadas.

La Sala destaca que los accionantes exponen, como fundamento del defecto sustantivo, las dos conclusiones a las que arribó el juez contencioso en la sentencia de 30 de mayo de 2019, las cuales deben ser diferenciadas y analizadas por separado: i) por una parte, sostienen que ellos nunca atacaron la legalidad de los actos administrativos, sino las “actuaciones irregulares que se deprendieron como consecuencia de estos, por lo cual, estiman que el error del juez consistió en creer que estas actuaciones no podían ser demandadas a través de la acción de reparación directa, sino de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho; y ii), por otra parte, aseveraron que el juez contencioso omitió analizar la responsabilidad de la Superintendencia como consecuencia del ejercicio irregular de las funciones de inspección, vigilancia y control.

Descargar documento