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Liquidación del crédito es el balance de la deuda en los términos ordenados por el mandamiento de pago: Consejo de Estado

Escrito por  Jul 09, 2020

El Consejo de Estado estableció que los procesos ejecutivos en los que el título de recaudo sea una sentencia cuyo procedimiento se haya gobernado por el CCA, pero que la presentación de la demanda se haya efectuado en vigencia del CPACA, se adelantan con las normas previstas en este último de conformidad con la aplicación inmediata de las normas procesales.

Para la sala, La liquidación del crédito es la operación mediante la cual el interesado presenta el balance de la deuda en los términos ordenados por el mandamiento de pago. (…) En ese sentido, el contenido del mandamiento ejecutivo determina los términos a ser tenidos en cuenta al momento de realizar la referida operación; de ahí que la jurisprudencia, en atención a lo dispuesto en la ley, haya resaltado la necesaria correspondencia entre ambos momentos.

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