Prensa Jurídica informa que el texto de esta providencia aún no ha sido publicado. Se trata del informe que emite la Sala de prensa de la Corte Constitucional, en el que la Corporación anuncia la decisión adoptada. El boletín agrega que “La Corte Constitucional se inhibió para pronunciarse de fondo en un escrito que atacaba, en relación a una supuesta violación al derecho a la
propiedad privada, la tarifa del 1 % del impuesto al patrimonio (inciso 1º del artículo 46 de la Ley de Crecimiento Económico), por la ineptitud de la demanda. Y, en segundo lugar, se sujetó a lo resuelto en la Sentencia C-521 de 2019, en la cual se declaró constitucional la mencionada tarifa”.
Descargar documento