sin ningún límite o condicionamiento –distinto al sexo– especificar en el reglamento de trabajo las actividades que las mujeres no deben ejecutar”.
Prensa Jurídica informa que el texto de esta providencia aún no ha sido publicado. Se trata del informe que emite la Sala de prensa de la Corte Constitucional, en el que la Corporación anuncia la decisión adoptada. Tan pronto esté disponible esta sentencia, la publicaremos. El boletín de la Corte agrega que “la disposición objeto de estudio le confiere al empleador
sin ningún límite o condicionamiento –distinto al sexo– especificar en el reglamento de trabajo las actividades que las mujeres no deben ejecutar”.