En tal caso, es responsabilidad del prestador comunicar al usuario la decisión de cambio del instrumento de medida, identificando claramente las razones para su cambio y le concederá un plazo para que lo adquiera en el mercado o para que se lo solicite al prestador. Vencido este plazo sin que lo hubiere adquirido, el prestador procederá (a costa del usuario) a reemplazar, instalar y facturar el nuevo medidor.