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Consejo de Estado declaró nulidad parcial de un artículo de una Ordenanza de la Asamblea Departamental de Bolívar, en la que le otorgaban al Gobernador ciertos elementos del hecho imponible de la estampilla

Escrito por  Feb 04, 2021

La Sección Cuarta modificó el ordinal segundo de la sentencia apelada; en su lugar declaró la nulidad parcial del artículo 3. º de la Ordenanza 12 de 1997, expedida por la Gobernación de Bolívar, en el sentido de anular la expresión «autorizase al gobernador del Departamento de Bolívar, para que determine por decreto las características y tarifas y denominaciones de dicha

estampilla»; la legalidad condicionada del artículo 3.° de la Ordenanza 12 de 1997, en el entendido de que el hecho generador de la estampilla solo se realiza cuando en los actos, documentos y contratos gravados interviene un funcionario departamental o municipal.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 15:41