La DIAN aplicó la causal de decomiso prevista en el artículo 1.6. del artículo 502 del Decreto 2685 de 1999, sobre un vehículo identificado con placas ecuatorianas, el cual estaba efectuando la operación de transporte internacional de la mercancía consistente en alcohol etílico desde la ciudad de Quito (Ecuador) hasta la ciudad de Palmira (Colombia), al evidenciarse que la placa
del vehículo encontrado no coincidía con la información registrada en el Manifiesto de Carga ni los guarismos registrados en la tarjeta de propiedad. En definitiva, el medio de transporte decomisado estaba efectuando una operación de transporte internacional de mercancías, sin contar con los permisos para poder circular dentro del territorio nacional.
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