Para el Consejo de Estado es legal el decreto 3260-2007, por el cual se establece un procedimiento para la presentación de una declaración de giro y compensación excepcional. La Sala considera que, con ocasión al incremento de los recursos que estaban paralizados en el Fosyga, en razón a los saldos no compensados y registros glosados que a diciembre
del año 2006 no habían podido ser compensados a través del proceso de compensación ordinario citado supra, era necesario que el Gobierno Nacional estableciera un procedimiento de compensación excepcional con el objeto que esos dineros pudieran ser destinados a la prestación del servicio público de salud., como en efecto ocurrió con el Decreto núm. 3260 de 2007.
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