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En reiteración de jurisprudencia la Corte Constitucional ordenó, a través de tutela, la protección constitucional del derecho de acceso al agua de los habitantes de áreas rurales

Escrito por  Ene 14, 2021

“La vulneración de derechos fundamentales por parte de la entidad territorial accionada se atribuía a la no respuesta a un derecho de petición formulado por el actor y a la falta de reconexión del suministro de agua en su vivienda, luego de que dicho servicio se viera afectado tras un derrumbe ocurrido años atrás en la zona donde está ubicado su inmueble”.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Enero 2021 14:05