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Colombia Compra explicó el marco jurídico de la ratificación de nulidades en la contratación estatal

Escrito por  Dic 18, 2025

Colombia Compra Eficiente ha emitido un concepto clave sobre el marco jurídico de la ratificación de nulidades en la contratación estatal. La Agencia aclara que, si bien las entidades sujetas al Estatuto General de Contratación (Ley 80 de 1993) solo pueden sanear vicios de nulidad relativa mediante ratificación expresa (Código Civil art. 1753), las nulidades absolutas son insanables bajo este régimen.

Para las entidades con régimen contractual excepcional, la normativa es distinta: pueden ratificar ciertas nulidades absolutas (excepto por objeto o causa ilícita) y las relativas, siguiendo los artículos 1742 y 1743 del Código Civil. En ambos casos, el artículo 898 del Código de Comercio, referente a la inexistencia, no es aplicable para la ratificación de nulidades. La validez de la ratificación siempre exige el cumplimiento de las solemnidades que rigen el acto original.

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Diciembre 2025 22:02