La Corte publicó la sentencia que declaró la inexequibilidad por consecuencia del Decreto Legislativo 0116 de 2025 que establecía medidas ambientales y de desarrollo sostenible adoptadas por la emergencia en el Catatumbo, al encontrar que no guardan relación directa ni estrecha con las causas que motivaron la declaratoria del estado de conmoción interior en esta región, las cuales se centraban en enfrentamientos armados, ataques indiscriminados a civiles y crisis humanitaria. La Corte destacó que los asuntos ambientales mencionados son problemáticas estructurales y históricas, no vinculadas a la situación excepcional que habilita el uso de facultades extraordinarias, por lo que excede el ámbito material autorizado para decretos en estado de excepción, configurando un uso indebido de la potestad legislativa. Por tanto, el decreto fue declarado inexequible en su mayoría por no cumplir los controles de finalidad, conexidad, necesidad y proporcionalidad.