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El 7 de octubre de 2024, Corte convocó a audiencia pública para examinar las demandas contra la Ley que permite a los departamentos suspender permisos de introducción de aguardientes

Escrito por  Sep 24, 2024

La audiencia pública se llevará a cabo el 7 de octubre de 2024 en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, ubicada en el Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, Bogotá. Los demandantes presentan varios argumentos principales en contra de la Ley 1816 de 2016, específicamente en relación con los incisos primero y segundo del artículo 28. Estos argumentos son: vulneración de la libertad de competencia: se sostiene que los incisos acusados limitan de forma desproporcionada la libre competencia, lo que va en contra del artículo 333 de la Constitución Política, que protege este derecho. Naturaleza de los monopolios rentísticos: los demandantes argumentan que la medida desconoce la naturaleza rentística de los monopolios previstos en el artículo 336 de la Constitución, que establece que los monopolios deben ser regulados de manera que no afecten la competencia. Derecho a la libre elección de los consumidores: se alega que la norma impide la libre elección de los consumidores en el abastecimiento del aguardiente, lo que contraviene el artículo 78 de la Constitución, que garantiza este derecho. En resumen, los demandantes consideran que la medida de suspensión de permisos para la introducción de aguardiente afecta negativamente la competencia y la elección de los consumidores en el mercado de licores destilados en Colombia.

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Modificado por última vez en Lunes, 23 Septiembre 2024 22:34