La Corte Constitucional reiteró la naturaleza jurídica de los procesos de pérdida de investidura como una acción pública que comporta un juicio de naturaleza ética que tiene como propósito proteger la dignidad del cargo que ocupan los miembros de cuerpos colegiados, y permite imponer como sanción no solo la desvinculación de un congresista de su cargo
de elección popular, sino también la imposibilidad de volver a ejercerlo. Lo Anterior, en relación con la solicitud de protección de derechos fundamentales al debido proceso, a la participación política y al ejercicio de cargos públicos y funciones públicas, presuntamente vulnerados por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Descargar documento