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DIAN hizo precisiones sobre los Procedimientos Administrativos Aduaneros

Escrito por  Abr 08, 2024

La Entidad indicó que tratándose del acta de aprehensión en el decomiso ordinario, no resulta procedente dar aplicación al artículo 151 del Decreto Ley 920 de 2023, que señala: “Las actuaciones notificadas por correo físico que por cualquier razón sean devueltas, serán notificadas por el término de un (1) día hábil mediante aviso en el sitio web de la DIAN”. En su lugar, agotada la notificación personal (cfr. artículos 147 y 148 del Decreto Ley 920 de 2023) y electrónica (cfr. artículo 146 ibidem) sin éxito, se deberá dar aplicación a lo consagrado en el artículo 144 del citado Decreto Ley 920, ya que, al tener un carácter especial, prevalece sobre lo dispuesto en el mencionado artículo 151.

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Modificado por última vez en Domingo, 07 Abril 2024 20:19