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SSPD aclaró disposiciones sobre la facturación del servicio de aseo en unidades habitacionales e independientes

Escrito por  Feb 26, 2024

La SSPD reiteró que para que un prestador puede facturar el servicio de aseo a las unidades independientes o habitacionales, estas deben cumplir con presupuestos reglamentarios, los cuales son que se trate de apartamento, casa de vivienda, local u oficina; en el caso de un apartamento o casa de vivienda, la unidad debe contar con baño, cocina y alcoba y estos deben tener acceso a la vía pública o a las zonas comunes del conjunto multifamiliar separada de las otras viviendas, de tal forma que sus ocupantes puedan acceder sin pasar por las áreas privadas de otras viviendas; y en los demás casos, deben contar con acceso a la vía pública o zonas comunes, según el caso, de manera independiente.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Febrero 2024 17:24