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Concepto de SuperSociedades sobre la aprobación de programas de cumplimiento, como el PTEE y el SAGRILAFT a cargo de la junta directiva de la casa matriz

Escrito por  Ene 30, 2024

A través del presente concepto, SuperSociedades dispuso que, la aprobación de programas de cumplimiento, como el PTEE y el SAGRILAFT, es una prerrogativa que recae en la junta directiva de la casa matriz si esta cuenta con dicho órgano, o en su defecto del máximo órgano social. Además, la designación del Oficial de Cumplimiento también es una facultad de la casa matriz, y no puede ser delegada a un “comité directivo local”.

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Modificado por última vez en Lunes, 29 Enero 2024 22:14