La Sala confirmó la sentencia de primera instancia porque la Universidad demandante no probó que hubiera cumplido las obligaciones a su cargo en un porcentaje superior al determinado en la liquidación del contrato hecha por el tribunal.
La sentencia de primera instancia que fue confirmada a través de esta providencia, ordenó al contratista, universidad de La Guajira, a pagar a favor del contratante, departamento de La Guajira, la suma de $143.739.940, por concepto del saldo insoluto que en beneficio del ente territorial arroja la operación liquidatoria del contrato. Pagada la anterior suma de dinero, se tendrán las partes como a paz y salvo con ocasión de la mencionada relación contractual.
La Sala confirmó la sentencia de primera instancia porque la Universidad demandante no probó que hubiera cumplido las obligaciones a su cargo en un porcentaje superior al determinado en la liquidación del contrato hecha por el tribunal.