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MinSalud hizo precisiones respecto al reconocimiento y pago de licencia de maternidad de una persona en licencia no remunerada

Escrito por  Ene 19, 2024

A través del presente concepto el MinSalud dejó claro que la EPS solo podrá negar el reconocimiento de una licencia de maternidad en el caso en el cual no se cumplan los requisitos dispuestos en el artículo 2.2.3.2.1 ibidem, que dispone que para el reconocimiento y pago de la referida licencia se requiere que la trabajadora acredite estar afiliada al SGSSS en calidad de cotizante, haber efectuado aportes durante los meses de gestación y contar con el certificado de licencia de maternidad; cumplidas dichas condiciones procederá el pago correspondiente por parte de la EPS.

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Enero 2024 21:52