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Corpometa es patrimonialmente responsable de los perjuicios sufridos por Fiducoldex S.A. al incumplir obligaciones contractuales y, en consecuencia, debe reintegrar lo desembolsado, no ejecutado, y el valor de la cláusula penal: Consejo de Estado

Escrito por  Ene 17, 2024

La Sala confirmó la sentencia de primera instancia porque se demostró que Corpometa incumplió sus obligaciones contractuales: “(I) la implementación de un agrocentro; (II) la implementación de una plataforma tecnológica y (III) la capacitación de pequeños empresarios en herramientas TIC”. Corpometa incumplió sus obligaciones contractuales, por lo que debe reintegrar a la parte demandante lo desembolsado y no ejecutado y el valor de la cláusula penal. La entidad demandante afirmó que Corpometa había incumplido estas obligaciones, razón por la cual la carga de acreditar su cumplimiento le incumbía a la demandada, en la medida en que se trataba de obligaciones de resultado y la ejecución de las mismas debía ser acreditada por el deudor en los términos del Convenio.

Frente al cumplimiento de las obligaciones financieras del Convenio, el informe de interventoría concluyó que Corpometa no había legalizado la totalidad del monto que le fue entregado por la parte demandante. De acuerdo con el informe de la interventoría del Convenio, Corpometa solo ejecutó un total de ciento cuatro millones seiscientos noventa y nueve mil setecientos noventa pesos ($104.699.790). Esto deja un saldo no ejecutado de mil cincuenta y siete millones trescientos mil doscientos diez pesos ($1.057.300.210), los cuales deben ser reintegrados a la demandante por Corpometa.

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Modificado por última vez en Martes, 16 Enero 2024 17:45