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Colombia Compra hizo precisiones frente a la constitución de pólizas de todo riesgo para obras civiles

Escrito por  Ene 11, 2024

El capítulo VII del pliego de condiciones para licitación de obra pública de infraestructura de transporte recoge el régimen de garantías desarrollado en la sección 3 del capítulo 2 del título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1082 de 2015. Dicho apartado regula la garantía de seriedad de la oferta –apartado 7.1– y las garantías del contrato –apartado 7.2–. A su vez, este último desarrolla la garantía de cumplimiento –apartado 7.2.1–, la estabilidad de la obra y el periodo de la garantía -apartado 7.2.2- y la garantía de responsabilidad civil extracontractual -7.2.3-. El documento base no contempla la inclusión de garantías distintas a las de seriedad, cumplimiento -que incluye la estabilidad y calidad de la obra- y responsabilidad, por lo que adicionar numerales o modificar los existentes en aspectos que no estén entre corchetes ni resaltados en gris implicaría alteración de los documentos tipo, especialmente, cuando la validación de la cobertura es un criterio para habilitar a los proponentes en el proceso de selección.  

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Enero 2024 22:53