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Consejo de Estado analizó el régimen aplicable a los convenios interadministrativos de apoyo financiero y la necesidad de pacto para la procedencia del trámite liquidatorio

Escrito por  Dic 19, 2023

La Sala explica que, aunque la Ley 80 de 1993, con la reforma introducida por la Ley 1150 de 2007, tan solo refiere a la denominación de contrato interadministrativo, el artículo 2.2.1.2.1.4.4. del Decreto reglamentario 1082 de 2015, al regular la forma de selección de los contratos y convenios interadministrativos, los menciona y los equipara. (Sin embargo, la jurisprudencia los ha distinguido). Esta diferencia, ha llevado a considerar que no es posible la aplicación automática de la Ley 80 de 1993 para los convenios interadministrativos.

Aunque otros pronunciamientos de la Sala se refieren a la posibilidad de liquidación unilateral, “lo cierto es que ponen de relieve que son las partes las que definen las reglas a las cuales están sometidos los convenios de que trata el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, “sin que pueda hacerse prevalecer la aplicación de regímenes o normas incompatibles con dicha finalidad”. Esto significa que no se puede imponer el trámite liquidatorio, no sólo el unilateral, sino también el bilateral, si las partes no lo han pactado expresamente. (...) Del cómputo de la caducidad en el caso concreto. En atención a lo expuesto, en el presente asunto se tiene que las partes en la cláusula decima tercera manifestaron que por “tratarse de un convenio de ejecución instantánea no requiere liquidación”. Aunque la prolongación del tiempo es evidente, como se verá más adelante, y la correlativa subsistencia de obligaciones de las partes, tales como la vigilancia y supervisión, para el Ministerio, y la ejecución del proyecto, para el Municipio, lo cierto es que esto no desdice la voluntad de las partes de no someter el convenio al trámite liquidatorio, acuerdo que el juez no está llamado a desconocer o reemplazar, sino a respetarlo, en atención a la libertad configurativa que se impone en estos acuerdos, tal como quedó explicado”.

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Modificado por última vez en Lunes, 18 Diciembre 2023 17:58