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Consejo de Estado admitió demanda de nulidad del acto de elección del Defensor del Pueblo y negó solicitud de suspender sus efectos jurídicos

Escrito por  Dic 07, 2020

El Alto Tribunal admite la demanda de nulidad electoral presentada contra el Acta de la Sesión Plenaria del 14 de agosto de 2020, en la cual consta la elección del doctor Carlos Ernesto Camargo Assís como Defensor del Pueblo. En concepto de los demandantes, el doctor Camargo Assís, no acreditó debidamente su experiencia de 15 años

de abogado, ya que una de las certificaciones que aportó con su hoja de vida incumple las exigencias legales para su adecuada valoración.  En su análisis, la Sala Electoral, encontró que sí es posible tener en cuenta la certificación para determinar la experiencia que se exige para ser defensor del Pueblo, porque su contenido permite establecer las fechas de inicio y culminación del vínculo y también las funciones realizadas por el doctor Carlos Ernesto Camargo Assís.

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Modificado por última vez en Lunes, 07 Diciembre 2020 09:44