La Entidad precisó que esta respuesta está encaminada a determinar las acciones que pudieran resultar procedentes en el caso planteado ante la conclusión técnica a la que ha llegado la ANH conforme a la consulta formulada, en el sentido que “los pozos productores de la Concesión Yalea, próxima a revertir, “no son productivos”. Entonces, bajo la conclusión de pozos “no productivos” consideramos necesario que la ANH, con la debida justificación, solicite a la empresa Contratista la entrega de los pozos en el estado que técnicamente resulte procedente, según las características técnicas y operativas que cada uno de ellos presente para que la Contratista proceda con su Abandono o Terminación en la forma señalada en la Resolución 40230 de 20223 y demás normas concordantes, si a ello hubiere lugar”.