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Concepto de la DIAN sobre la obligación de facturar y su sistema electrónico

Escrito por  Abr 30, 2024

La DIAN aclaró que frente a la obligación de facturar que recae en cabeza de las plataformas de comercio electrónico, debe precisarse que esta se predica respecto de las operaciones de venta de bienes y/o prestación de servicios que estas realicen, por lo que conceptos diferentes tales como reembolso de gastos, comisiones, entre otros, no se deben facturar. Sin embargo, para el reconocimiento de estos costos y gastos se requiere que los mismo estén soportados.

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Modificado por última vez en Lunes, 29 Abril 2024 21:46