En el caso hipotético de que quien preste el servicio sea el municipio en calidad de prestador directo, por ser una de las partes del contrato, es a él a quien le asiste la responsabilidad de emitir la certificación del paz y salvo requerido para el trámite de desvinculación del servicio de aseo. No le corresponde al tercero facturador o recaudador del servicio, en la medida que este último no es parte del contrato del servicio público de aseo. Cuestión distinta es que, en virtud de un convenio de facturación conjunta administre la información relacionada con la facturación.