puesto que no está probado que la conducta del demandante constituyera una afectación al patrimonio público.
La alta corte determinó que el organismo de control no demostró la ocurrencia de dicho detrimento patrimonial. La decisión obedece a una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso la SCA contra la decisión de la Contraloría. para la Sala no son de recibo las conclusiones a las que llegó el ente de control,
puesto que no está probado que la conducta del demandante constituyera una afectación al patrimonio público.