El TJCA reiteró que “no tiene competencia para pronunciarse sobre la normativa penal, la política criminal, ni acerca de la determinación y ejecución de los procesos judiciales en el ámbito penal del Estado colombiano, toda vez que la legislación penal interna de los Países Miembros no forma parte integrante del ordenamiento jurídico comunitario andino, y ninguno de los órganos que integran el Sistema Andino de Integración (en adelante, el SAI) tiene competencia para regular aspectos vinculados con materia penal”.