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Consejo de Estado no accedió a declarar la nulidad absoluta de un contrato con fundamento en que éste, al rechazar la propuesta del demandante por el valor del IVA indebidamente calculado, en todo caso no se ciñó a las reglas del proceso de selección

Escrito por  Sep 05, 2023

La Sala reiteró que la aplicación estricta e igualitaria de las reglas del pliego de condiciones a todos  los oferentes garantiza la selección objetiva, debido a que les permite a todos los  interesados conocer, anticipadamente, las reglas sobre las normas sobre las cuales  se adelanta

el proceso de selección; en este preciso caso, era clara e inequívoca  la exigencia de la discriminación del IVA y de aquellos bienes que lo causaban, al tiempo que los errores en la propuesta económica daban lugar al rechazo, por lo  cual no prospera el cargo de nulidad formulado y, por tanto, se denegarán las  pretensiones de la demanda.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Septiembre 2023 09:05