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Consejo de Estado explicó por qué no es responsable la ADR en la vulneración del derecho colectivo al agua potable con ocasión de la problemática de acceso al recurso hídrico generada por la no culminación del proyecto Río Ranchería

Escrito por  Ago 14, 2023

La Sala precisó que si bien la ADR fue declarada responsable de la vulneración de los derechos colectivos a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales, a la defensa del patrimonio público, al acceso a una

infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública y al acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, dicha entidad únicamente se opone en su recurso de apelación a lo decido por el a quo frente a este último derecho, razón por la cual el estudio se circunscribirá a establecer su presunta vulneración.

La Sala concluyó que la ADR no afectó el derecho colectivo de acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, sino el derecho colectivo al agua potable, debido a que como lo expone la recurrente dentro de los objetivos misionales de la entidad no se encuentra el de la prestación de servicios públicos y, principalmente, porque el objeto de la presente acción se relaciona con la necesidad de acceso al recurso hídrico, que estaría garantizado con la culminación definitiva del megaproyecto del Río Ranchería.

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