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MinSalud explicó el contexto jurídico respecto del monto sobre el cual se realiza el reconocimiento de la licencia de maternidad por parte de la EPS

Escrito por  Jul 06, 2023

La Entidad precisó que “en los casos en los que surge una controversia por el reconocimiento y pago de una prestación económica entre la EPS y el aportante o empleador, esta podrá ser resuelta por la jurisdicción ordinaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 622 de la Ley 1564 de 2012 “Por medio del cual se expide el Código General del Proceso”, que conoce en sus especialidades laborales y de seguridad social, de las controversias relativas a la prestación de los servicios de la seguridad social que se susciten entre los afiliados, beneficiarios o usuarios, los empleadores y las entidades administradoras o prestadoras. Adicionalmente,“ el monto que será reconocido por parte de la EPS por la licencia de maternidad corresponderá al ingreso base de cotización - IBC reportado al iniciar dicha licencia, y será el valor que se pagará durante toda la licencia hasta su terminación. De tal forma que, deberá validar el IBC reportado en su planilla de aportes a seguridad social en el momento en que inició su licencia de maternidad”.

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