de 2016, cuando era la titular de la competencia de vigilancia de cámaras de comercio, emitió un concepto que eliminó la posibilidad de que una EICE pueda ser inscrita en el Registro Mercantil. El concepto aludido, corresponde al Oficio identificado con el número 114883 del de junio de 2016, emanado de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Industria y Comercio, cuyos apartes pertinentes se transcriben en el presente concepto.